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Actualidad
Viernes 8 Enero 11:37
Turismo y dólar ahorro: la AFIP empieza a devolver los recargos
Será desde la semana próxima. Alcanza a unos 100.000 contribuyentes, con un monto promedio de $ 10.000 por persona.
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La semana próxima la AFIP comenzará a devolver el dinero a quienes desde 2012 en adelante se les retuvo el 20 o 35% por las compras de dólares-ahorro o gastos en moneda extranjera por viajes o compras en el exterior y no estaban alcanzados o no tributaban ni el impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales.

De esta forma, el titular de la AFIP, Alberto Abad cumpliría con la promesa que hizo días pasados, en rueda de prensa, cuando afirmó que la devolución del dinero retenido se haría durante el mes de enero.

Se estima que suman un poco más de 100.000 personas quienes reclamaron la devolución de lo retenido durante la vigencia del cepo y que dentro de los próximos 30 días recibirán en sus cuentas bancarias el dinero que les corresponde.

Los reclamos de bajo monto se devolverían en una sola cuota y para los casos de montos más altos, en 2 o 3 cuotas.

Están en juego unos $ 1.000 millones que corresponde a los años 2012, 2013 y 2014. Eso arroja un promedio de entre $ 9.000 y $ 10.000 por contribuyente.
Lo retenido durante 2015 se devolvería en la segunda mitad de este año porque las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales recién vencen en junio próximo. Los reclamos del año pasado podrían superar los 500 millones de pesos.

De la consulta que hizo Clarín a la AFIP surgen varias precisiones:

- Quienes no hicieron el reclamo pueden hacerlo a través de la página web de la AFIP donde consta el “Procedimiento para la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera” (Formulario 746/A).

- Los que hicieron el reclamo deben verificar haber ingresado en el sistema o web de la AFIP el CBU para que la AFIP puedan acreditar lo retenido en la cuenta bancaria.

- Si el contribuyente tiene deuda con la AFIP, por ejemplo por cuotas del Monotributo, debe previamente cancelar esa deuda para que la AFIP pueda acreditar luego lo retenido. El contribuyente sería citado a la agencia de la AFIP para comunicarle lo adeudado porque el sistema no permitiría compensar parcial o totalmente su deuda con la de la AFIP.

- Aunque las retenciones son anteriores a fines de 2014, el dinero a devolver no tendrá ningún ajuste o actualización por inflación y tampoco devengará intereses. Clarín insistió en el tema y en la AFIP respondieron que no existen normas que permitan hacer ajustes en las percepciones a devolver.

- Los reclamos se deben a que cuando se estableció el cepo, el Gobierno estableció una retención del 20% en concepto de anticipo del impuesto a las Ganancias para todos aquellos que compraban dólares para ahorro, y de hasta el 35% para quienes consumían en moneda extranjera con tarjetas de crédito.

Entonces, por ejemplo, para los asalariados alcanzados por Ganancias y/o Bienes Personales se fijó un régimen de devolución o compensación a través del formulario 572, mientras se aseguró que se devolvería lo retenido a los que no están inscriptos ni en Ganancias ni en Bienes Personales.

Al no efectivizar la AFIP esa devolución, se acumularon los reclamos que suman para el período 2012-2014 unos 1.000 millones de pesos. (Fuente: Clarín).

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