|
Este mecanismo está contemplado en leyes nacionales relacionadas a la actividad y el organismo minero las lleva a cabo bajo modalidades de: audiencias públicas, mesas de diálogo, monitoreos comunitarios, talleres participativos, entre otras.
·Estas herramientas de participación se vienen realizando en localidades con proyectos mineros y comprende las distintas etapas del proceso minero.
·Esta política pública abre las puertas al diálogo y consenso con las comunidades.
Así, lasleyes nacionales N° 25.675 (ley General del Ambiente) y 24.585 (de Protección Ambiental para la Actividad Minera incorporada al Código de Minería de la Nación), regulan la participación ciudadanaestableciendo mecanismos al respecto y teniendo en cuenta este marco legal, la Provincia a través de la Dirección Provincial de Gestión Ambiental Minera (DIPGAM) instituyó Programas de Participación Ciudadana e Implementación de Consultas Públicas, entre otras modalidades. Estos implican fiscalización y monitoreos ambientales comunitarios participativos, consulta pública, mesas de diálogo, formación de inspectores ambientales en monitoreo de agua, capacitaciones y talleres participativos y campañas de divulgación durante las diferentes etapas de la actividad minera (prospección, exploración, explotación) y para toda la actividad minera en general, (a gran, mediana y pequeña escala, sin ningún tipo de distinción) que se realiza en la provincia.
En todos estos procesos, el Estado pone a disposición de las comunidades información sobre las actividades mineras proyectadas o en ejecución para dar a conocer y canalizar las opiniones, percepciones, observaciones y aportes sobre la actividad minera que se desarrolla o se desarrollará para luego ser evaluadas he incorporadas en los informes de impacto ambiental (IIA) o las declaraciones de impacto ambiental (DIA).
Fuente: http://www.elesquiu.com/