|
Fue un año complicado en la relación entre Distribuidora de Gas Cuyana (Ecogas) y el Estado por las discusiones de la tarifa. Pero la empresa le ganó otra pelea Godoy Cruz, que había iniciado Alfredo Cornejo, y a Capital. Ambos municipios le habían reclamado a la empresa que pagara por el uso del espacio público que hacen con las redes y otras instalaciones. Aunque no se mencionan cifras, se trata de un juicio millonario, pues las comunas le exigían pagar por todas las instalaciones. La empresa recurrió a la Suprema Corte y ese tribunal le dio la razón, por lo que la firma Distribuidora de Gas Cuyana no pagará.
En el caso de Godoy Cruz la exigencia de pago la hizo Alfredo Cornejo como intendente, haciendo cumplir la ordenanza tarifaria. En 2013, Cornejo intimó a Ecogas "a presentar una declaración jurada denunciando los metros de caños y cantidad de gabinetes, cámaras y/o similares utilizados en el ámbito de ese departamento" para poder calcular lo que debía pagar por "derecho por ocupación o utilización de espacios de dominio público".
La empresa fue a la Suprema Corte y en el final del camino aparece una curiosidad: quien demandó a la comuna terminó como funcionario del propio Gobernador. Es que el apoderado de Ecogás era Gustavo Boullaude, quien tuvo las causas hasta febrero de este año. Boullaude es el director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Infraestructura y mantiene relación con la distribuidora de gas.
Juicio gemelo
El caso de Capital es idéntico e incluso el conflicto comenzó antes. Capital también había intimado a Ecogás para que declare bajo fe de juramento "la cantidad de metros de cañería instalada de gas, con sus respectivas conexiones domiciliarias, instaladas en el espacio público.. bajo a apercibimiento de proceder a la determinación de oficio"
El juez Alejadro Pérez Hualde le dio la razón a la empresa por considerar que se trata de una firma de servicios públicos que está exenta del pago de tasas. "En su calidad de licenciataria del servicio público de distribución de gas natural se halla beneficiada por la exención tributaria establecida en el art. 4° de la Ley 5916, respecto del derecho de uso o ocupación de los bienes del dominio público bajo jurisdicción del municipio.. así como en el art. 53 de la Ordenanza tarifaria anual correspondiente al ejercicio 2013", dice el Juez.
En la sentencia se hace lugar a la demanda de Ecogas por esas razones y se anulan todas las resoluciones firmadas por Cornejo. "Anular las resoluciones n° 149/2014 del Intendente Municipal, junto con la n° 306/14 del H. Concejo Deliberante, y dejar sin efecto el emplazamiento cursado a la actora para que presente declaración jurada", ordena la Corte. Al final de la sentencia también regula los honorarios y el actual funcionario del gobierno que se opuso a la directiva de Cornejo cobrará 30 mil pesos por esa causa. Y la Municipalidad de Godoy Cruz será quien le pague. "Regular los honorarios profesionales de la siguiente manera: al Dr. Gustavo BOULLAUDE, en $ 30.000", dice la sentencia. Por el juicio de Capital, Boullaude cobrará solo 8 mil pesos.
Fuente: http://www.mdzol.com