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Galuccio podría ponerle un precio alto a su salida de YPF: 5 millones de dólares
Es la suma que figura en el contrato que negoció al aceptar el cargo en YPF en caso de ser despedido. Hubo reuniones del más alto nivel que no terminaron de cerrar un punto clave e inesperado: una indemnización de más de 5 millones de dólares que el ejecutivo petrolero pretende cobrar para irse sin estridencias.
El ejecutivo, que volvió a la Argentina de la mano del ex-gobernador entrerriano Sergio Urribarri, quiere hacer valer la cláusula golden parachute que había incluido entre las condiciones para dejar su puesto de gerente general para México y América Central de Schlumberger, una petrolera que está en el top 100 de las mayores empresas del mundo.
"No volvió al país para perder plata", reconoce un actor clave en el traumático proceso de expropiación, primero, y estatización, después, de la mayor compañía nacional, que hasta 2012 era de capitales españoles.
La cláusula de rescisión del contrato, según otras fuentes que tuvieron conocimiento de los números finos del desembarco de Galuccio, asciende a 5,5 millones de dólares y esa es la suma que Galuccio estaría bregando por cobrar.
Será difícil para la administración macrista justificar públicamente ese suculento "premio", mientras suenan en las calles, en los medios y en las redes sociales los ecos de protestas de estatales echados por aplicación de decretos firmados por Macri.
Frente al reclamo planteado por el petrolero surgió una primera observación que, se le presentó a Galuccio: no hay efectivamente un despido, sino que se trata de una renuncia solicitada por Aranguren, atada a una asamblea de accionistas.
Cláusula en caso de despido
Se trata de una cláusula típica que tienen los contratos de ejecutivos de primera línea que, al negociar sus condiciones de trabajo, incluyen una indemnización especial o retribución en caso de despido o desvinculación.
Su contrato, como casi todo en YPF después de 2012, es mantenido en estricto secreto y lo que trasciende es una confirmación de terceras personas, debido a que ni Galuccio ni la Bolsa de Comercio o la Comisión Nacional de Valores habilitan una información que para cualquier empresa que cotiza en Nueva York y es supervisada por la SEC es una obligación.