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Miércoles 17 Agosto 12:07
Tarifazo
Gils Carbó falló a favor de suspender el tarifazo en el gas
La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en contra de los aumentos de tarifas dispuestos por el Gobierno, por lo que ahora se espera una definición de la Corte Suprema de Justicia.
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Gils Carbó dictaminó contra tarifazo y apuntó a falta de audiencias

Finalmente la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó presentó su dictamen sobre tarifazo, apuntando a la falta de audiencias públicas y a favor de los amparos que frenan las subas en las tarifas de gas y luz.

La medida, si bien no es vinculante, representa el primer revés jurídico sobre el tarifazo, en la recta final para el fallo definitivo en el que trabaja la Corte Suprema de Justicia por los aumentos de gas, con miras a resolver mañana. 

En el documento, de 18 carillas, la jefa de los fiscales hizo especial énfasis en la ausencia de audiencias públicas previas a disponer los nuevos cuadros tarifarios y retomó antecedentes de jurisprudencia y la opinión de una decena de dictámenes fiscales que otorgaron cautelares a favor de los usuarios y consumidores. 

Este es el paso previo imprescindible para la ambición del Gobierno de obtener un fallo favorable de la Corte. 

El martes, en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, arriesgaban que salvo detalles, los jueces intentaban llegar a una decisión consensuada que permita un voto mayoritario. Ahora, con el escrito, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti quedarán habilitados para tomar una decisión que, de postergarse, podría incluir como quinto voto a Carlos Rosenkrantz, próximo a asumir el lunes.

La funcionaria consideró que corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había declarado la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Energía y ordenó que el marco tarifario correspondiente al servicio de gas se retrotrajera a las tarifas vigentes con anterioridad al dictado de esas medidas.

La Procuradora señaló que el tribunal platense había interpretado “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

 

Fuente: http://www.ambito.com/http://www.aninoticias.com/

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