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Diputados aprobó un proyecto que obliga al Estado a utilizar energía solar térmica
Cámara de Diputados dio media sanción el martes a un proyecto que busca establecer la incorporación obligatoria y progresiva de sistemas de captación de energía solar de baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria y/o para la alimentación de sistemas de calefacción, como parte integrante de los proyectos de construcción y/o readecuación de edificaciones públicas.
La existencia de una crisis respecto de la generación y costo de las fuentes de energías tradicionales, las que a su vez tienen un fuerte impacto negativo en el ambiente. "En este sentido, se debe priorizar la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero provenientes de las fuentes energéticas convencionales, facilitar el acceso a la energía a sectores marginados, y aumentar la generación de energía a partir de fuentes renovables y descentralizadas", indicó la diputada justicialista Miriam Lambert, autora del proyecto.
También indicó que el análisis de costos-beneficios, hace que el uso de estas tecnologías resulte sumamente positiva, teniendo en cuenta que una vez efectuada la inversión inicial, la fuente energética es libre, gratuita e inagotable.
En la misma sesión, la Cámara baja aprobó un proyecto que unificó cinco iniciativas a través de las cuales se plantea la adhesión de la Provincia a la ley nacional de "Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica".
Equidad de género
Ingreso en la misma sesión un proyecto de ley que establece para Entre Ríos "el principio de equidad de género que garantice la incorporación proporcional de hombres y mujeres en el ejercicio de cargos públicos electivos con representación política". La iniciativa fue firmada por las diputadas Rosario Romero, Emilce Pross, Leticia Angerosa, María del Carmen Toller y Miriam Lambert del Frente para la Victoria; y Ayelén Acosta, Gabriela Lena y María Alejandra Viola de Cambiemos.
El principio de equidad de género será de cumplimiento obligatorio en toda lista de candidaturas electivas para desempeñar cargos representativos en órganos deliberativos previstos constitucionalmente, y deberá incorporarse en las Cartas Orgánicas de los Partidos Políticos a efectos de la selección de los postulantes a dichos cargos e integración de sus autoridades.
Fuente: http://www.unoentrerios.com.ar