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Actualidad
Domingo 12 Junio 11:10
Absolvieron a los tres represores de la Masacre de Capilla del Rosario
Para la Cámara Federal de Casación Penal, el fusilamiento no fue un hecho de lesa humanidad por ser previo al año 76. Los represores estaban detenidos por los hecho ocurridos el 12 de agosto de 1974 en la Quebrada de los Walther, departamento Fray Mamerto Esquiú, 14 combatientes del PRT-ERP fueron acorralados y fusilados pese a rendirse y estar desarmados.
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Catamarca- Mario Nakagama y Carlos Carrizo Salvadores, dos de los tres represores que fueron condenados a prisión perpetua por la Masacre de Capilla del Rosario, quedaron en libertad esta semana tras un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, cuyo tribunal les anuló la pena. Jorge Exequiel "Sordo” Acosta también fue absuelto, aunque sigue detenido.

En el extenso fallo, que consta de 167 hojas, se hizo lugar por mayoría a los recursos presentados por las defensas y además de absolver de culpa y cargo a los acusados, se ordenó su inmediata libertad.

Entre los argumentos esgrimidos para tumbar el fallo, se tuvo en cuenta que no se cumplirían los requisitos previstos para que los actos investigados sean considerados de lesa humanidad, "por cuanto no existió una política estatal generalizada y no se le pudo atribuir a las Fuerzas Armadas una actuación sistemática contra la población civil, independiente del Estado Nacional”.

Montero consideró que se aplicaron erróneamente los principios de la prescripción, al fundar la sentencia en la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, sin advertirse que las mismas se refieren a aquellos oficiales jefes, subalternos, suboficiales y tropas que actuaron entre el 24 de marzo de 1976 y el 26 de septiembre de 1983.

Para los magistrados, el Tribunal Oral Federal (TOF) de esta provincia realizó una interpretación "no errónea sino antojadiza y subjetiva del marco histórico-político de la época de los hechos materia de juzgamiento, ubicando para esa fecha la existencia de un plan sistemático de persecución y aniquilamiento de un sector de la población civil que en realidad no se encuentra acreditado por ningún medio de prueba (…)”.

El pasado 8 de octubre de 2013, el TOF calificó los hechos como delitos de lesa humanidad (imprescriptibles e inamnistiables) y sentenció con prisión perpetua a los tres encausados por el delito de homicidio doblemente agravado por ser con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas por 14 hechos en concurso real.

Nakagama y Carrizo Salvadores terminaron en el penal catamarqueño, mientras que Acosta continuó en Bower, provincia de Córdoba. Es necesario aclarar que Acosta purga otra condena y está involucrado en el juicio de La Perla, en la mencionada provincia.

Cabe recordar que los represores estaban detenidos por los hecho ocurridos el 12 de agosto de 1974 en la Quebrada de los Walther, departamento Fray Mamerto Esquiú, 14 combatientes del PRT-ERP fueron acorralados y fusilados pese a rendirse y estar desarmados, luego de verse en inferioridad numérica cuando intentaban tomar el Regimiento Aerotransportado Nº 17.

"No estamos de acuerdo”

El fiscal del TOF, Rafael Vehils Ruiz, habló con el diario El Esquiu sobre la decisión de Casación. "La causa inició como una sospecha, se convirtió en una probabilidad y terminó siendo una certeza y en virtud de ello, terminamos formulando la acusación. No puedo dar una opinión, ya que no he leído los fundamentos, pero sí puedo adelantar que no estamos de acuerdo para nada. Me parece que no hay motivos para anularlo. De todos modos, somos muy respetuosos de las instancias judiciales. Hemos hecho un trabajo de más de nueve años sobre la causa y los elementos probatorios. Cuando fue el alegato, hemos conseguido que se los condene por ser coautores funcionales del plan sistemático del ataque a la población civil”, expresó.

La fiscalía perdió intervención por ser una instancia superior, pero será el fiscal de Casación, Javier de Luca, quien meritará los fundamentos del fallo y en caso de considerar que no se ajustan a derecho, lo recurrirá.

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