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Eléctricas
Viernes 9 Septiembre 10:27
Ninguneo Supremo
La Defensoría del Pueblo bonaerense salió a responder el fallo de la Corte
La Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, salió a responder el polémico y cuestionado fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sobre el pedido de medida cautelar contra el tarifazo eléctrico en la provincia, que no sólo da rienda suelta para la aplicación del aumento, sino que además desconoce la personería del organismo bonaerense que patrocinó el recurso judicial “en defensa de los derechos de los usuarios del servicio público de energía eléctrica”.
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El titular interino de la Defensoría del Pueblo bonaerense, Marcelo Honores.
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Mediante un comunicado, la Defensoría conducida por Marcelo Honores, salió a responder el reciente fallo judicial emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa en la cual se presentó “como terceros, en defensa de los derechos de los usuarios del servicio público de energía eléctrica frente al aumento tarifario dispuesto, sentencia en la que se cuestiona la personería del secretario General a cargo de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires”, creando una  situación de “confusión”, respecto del efectivo funcionamiento del organismo.

Cabe señalar –aclara la Defensoría-,  que “el mecanismo de designación del Dr. Enrique Marcelo Honores, fue adoptado por la Honorable Legislatura de Provincia de Buenos aires, en el marco de su competencia y en ejercicio de las facultades que le son propias, sin recibir cuestionamiento administrativo ni judicial alguno”.

En tal sentido, la Defensoría menciona el Acta N° 12/15, en la que la Comisión Bicameral Permanente del Defensor del Pueblo, expresó que “era imprescindible adoptar las medidas conducentes a efectos de evitar la situación de acefalía de la institución, garantizando la continuidad de sus funciones, siendo imperioso darle previsibilidad a los actos del Defensor del Pueblo, hasta tanto se culmine con el procedimiento de selección y designación del titular del organismo, lo que fuera aprobado por unanimidad de los miembros presentes. Ello implica, necesariamente, la continuidad operativa para garantizar la defensa de los derechos de los habitantes de la provincia de Buenos Aires”.

Por último, el comunicado finaliza diciendo que “en virtud de dicho mandato, la Defensoría del Pueblo continuará el ejercicio de las competencias que le han sido formalmente asignadas, cumpliendo las obligaciones establecidas en el Artículo 55 de la Constitución Provincial”.

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